JuanC
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La CNMC se encarga de analizar que todos los operadores cumplan con la legislación vigente y no excedan los límites para con sus clientes. Sin embargo, a pesar de que los operadores andan con mucho cuidado, hay veces que se saltan la ley. Y Lycamobile lo ha hecho al no ceder algunos datos que exigía la CNMC.
Actualizado: Desde MásMóvil se traslada que estas prácticas se produjeron antes de la compra de la compañía y que, tras la integración de la misma en el grupo MásMovil, se regularizó la situación para cumplir con todos los estándares requeridos por la CNMC.
Así lo ha anunciado hoy la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que ha sancionado a Lycamobile, propiedad del Grupo MásMóvil desde junio de 2020, con 552.000 euros. El motivo de la sanción ha sido incumplir sus obligaciones de suministro de datos de sus abonados a través del SGDA, el sistema de gestión de los datos de los abonados que gestiona la CNMC.
SGDA: importantísimo para salvar vidas
El SGDA es una plataforma que utilizan los servicios de emergencia, los operadores para elaborar guías telefónicas, y los que prestan servicios de consulta telefónica sobre números de abonados. En él, todos los datos de los clientes están actualizados a la última para poder identificar con mayor facilidad a los clientes en el caso de ser necesario.
Gracias a este número, los servicios de emergencia y los agentes facultados pueden identificar rápidamente a quien está llamando en el caso de necesitarlo. Los números de teléfono de emergencias que tienen acceso al SGDA son:
- 112 Emergencias
- 061 Urgencias sanitarias
- 062 Guardia Civil
- 080 Servicios locales de bomberos
- 085 Servicios provinciales de bomberos
- 088 Policías autonómicas
- 091 Policía Nacional
- 092 Policías locales
Aparecer en el SGDA es opcional. Por defecto, todos formamos parte de él, pero en el caso de que no queramos que nuestros datos sean accesibles, el cliente deberá comunicárselo al operador, a diferencia de lo que ocurre con la Lista Robinson. Tras la comunicación, el operador tendrá 10 días para subir los datos actualizados. Tras ello, los datos de los clientes no podrán ser consultados por los prestadores de servicios de guías telefónicas o servicios de consulta como los números 118XX, pero sí que seguirán siendo accesibles para servicios de emergencia y fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.
Reducción del 40% por asumir culpa y pagar pronto
El SGDA está en funcionamiento desde abril de 2016, y hasta mayo de 2021, Lycamobile no ha suministrado la información de sus abonados para añadirlos al sistema. Según ha analizado la CNMC, el operador registró sólo información de una cuarta parte de sus abonados entre diciembre de 2020 y abril de 2021.
Por ello, la CNMC ha determinado que el operador ha cometido una infracción administrativa grave por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Circular 1/2013, sobre el procedimiento de suministro y recepción de los datos de los abonados.
Esa infracción conlleva, por tanto, una sanción que asciende a 552.000 euros. El pago que ha realizado el operador ha sido reducido porque han reconocido su responsabilidad en la comisión de la infracción, y además han pagado anticipadamente la sanción. En el caso de no haber aplicado las dos reducciones del 20%, el operador tendría que haber pagado 920.000 euros. El pago, además, ya ha sido realizado, renunciando así al derecho a desestimiento o renuncia por vía administrativa contra la sanción.
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