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Hola buenas resulta q tengo una Kawasaki z750 del 2008 limitada en paapeles y en motor con los topes y todo pero me han dicho q como tengo un año solo del a2 no puedo conducirla aunque este limitada a 25kw
Es verdad?
Muchas Gracias compañeros
 


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Sergio

Limpiando la parafina
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Hola buenas resulta q tengo una Kawasaki z750 del 2008 limitada en paapeles y en motor con los topes y todo pero me han dicho q como tengo un año solo del a2 no puedo conducirla aunque este limitada a 25kw
Es verdad?
Muchas Gracias compañeros
Correcto, esa moto no se puede limitar para el A2 ni se puede conducir con el A2 estando limitada a 25 kW
 

rcacho

Primer repostaje
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Hola buenas resulta q tengo una Kawasaki z750 del 2008 limitada en paapeles y en motor con los topes y todo pero me han dicho q como tengo un año solo del a2 no puedo conducirla aunque este limitada a 25kw
Es verdad?
Muchas Gracias compañeros
Es totalmente cierto. Para poder conducir una moto con el carnet A2, tienen que pasar tres cosas:
  • Potencia inferior a 35 kW (aprox. 47 CV)
  • Moto sin limitar con una potencia igual o inferior al doble de la potencia de la moto limitada (es decir, máximo 70 kW). Con motos antiguas, limitadas a 25 kW, la potencia máxima serían 50 kW
  • Relación potencia/peso inferior a 0,2 kw/kg
La Z750 tiene 77 kW, así que no hay forma sencilla de que encaje en esas premisas.

Un saludo.
 

Cain

Primer repostaje
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Lo que dicen los compis
Tu carnet no contempla esa limitación y por tanto no puedes llevarla con el A2
Tiene tela que a estas alturas de la vida siga habiendo lío con esto y los pobres incautos que aún habra y que caerán en la compra de una unidad de estas "limitadas":facepalm:
 

Sergio

Limpiando la parafina
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Es totalmente cierto. Para poder conducir una moto con el carnet A2, tienen que pasar tres cosas:
  • Potencia inferior a 35 kW (aprox. 47 CV)
  • Moto sin limitar con una potencia igual o inferior al doble de la potencia de la moto limitada (es decir, máximo 70 kW). Con motos antiguas, limitadas a 25 kW, la potencia máxima serían 50 kW
  • Relación potencia/peso inferior a 0,2 kw/kg
La Z750 tiene 77 kW, así que no hay forma sencilla de que encaje en esas premisas.

Un saludo.
Lo de la relación potencia/peso lo puedes olvidar.
En ningún sitio pone qué peso es el que hay que tener en cuenta. Si es la MMA no habría ninguna moto que pasase del límite, si es la tara entonces sí hay algunas.
Pero como no lo especifica, no se le hace caso
 
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Lo que dicen los compis
Tu carnet no contempla esa limitación y por tanto no puedes llevarla con el A2
Tiene tela que a estas alturas de la vida siga habiendo lío con esto y los pobres incautos que aún habra y que caerán en la compra de una unidad de estas "limitadas":facepalm:
Correcto, esa moto no se puede limitar para el A2 ni se puede conducir con el A2 estando limitada a 25 kW
Pero con la limitacion del motor q lleva ya sale reflejado q tiene menos potencia en los papeles, osea ahora la moto anda menos
 
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Lo de la relación potencia/peso lo puedes olvidar.
En ningún sitio pone qué peso es el que hay que tener en cuenta. Si es la MMA no habría ninguna moto que pasase del límite, si es la tara entonces sí hay algunas.
Pero como no lo especifica, no se le hace caso
Es un poco absurdo quiatrle a tu moto potencia de fabrica si no puedes conducirla igual
 

Cain

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Pero con la limitacion del motor q lleva ya sale reflejado q tiene menos potencia en los papeles, osea ahora la moto anda menos


Ya, pero lo mismo da, aunque dé menos potencia esa limitación no está contemplada por ley por lo que no es válida
 

rcacho

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Lo de la relación potencia/peso lo puedes olvidar.
En ningún sitio pone qué peso es el que hay que tener en cuenta. Si es la MMA no habría ninguna moto que pasase del límite, si es la tara entonces sí hay algunas.
Pero como no lo especifica, no se le hace caso
Aunque no lo ponga explícitamente en la ficha técnica es uno de los parámetros con los que se homologa un vehículo.

En la ficha técnica que tenemos no se reflejan todos los datos, pero en la ficha reducida (o microficha) sí:

 

Jienense

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gemgemgem
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Como dicen los compis con la nueva ley en la mano , no es legal llevar esa moto con el A2 , te pongas como te pongas , si te pillan la multa es de 500€ ( 250 pronto pago ) y te quitan 4 puntos del carnet , y según pilles al guardia de turno , te la puede inmovilizar hasta que una persona con el carnet adecuado venga a por ella.
Luego esta el tema del seguro , a tu nombre ninguna compañía te la asegura por no disponer del carnet y en caso de asegurarla a nombre de otra persona , en caso de accidente te quedaras con el culo al aire , pues no se harán cargos de los daños causados por una persona que no tiene el permiso A para llevar esa moto .
Hasta que no tengas el A no la puedes conducir legalmente de ninguna de las maneras .
 

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