Buenas
Sin ser experto en el tema, según normativa española, el vehículo debe estar registrado en el país de residencia del titular. Es decir, que el proceso sería hacer la compra, registrarla en el país en que figure, y luego hacer el cambio de registro al español.
Aún con esas, debo poner la alerta en que la normativa española muchas veces no está armonizada con la europea, con lo que la burocracia española hace mucho más complicado de lo que debiera las cosas. Por ejemplo, la libertad de movimientos de personas y bienes dentro de la unión, nos faculta a los ciudadanos de un país miembro a comprar y vender bienes de otros países miembros con libertad, y eso debiera prevalecer y permitirte, realizar la operación de compra con toda tranquilidad, independientemente del registro en que esté el vehículo. Para entendernos: España te va a presionar para que traslades a registro español todos tus vehículos, pagues derechos de importación, cuando proceda, y los sometas a la jurisdicción española (ITV). Aún que sea un todoterreno que tienes en tu casita de la Toscana, que le compraste a un vecino de allí, y que nunca sale de Italia. Vamos, todo bastante turbio, pero Hacienda siempre gana.
Seguramente alguien con experiencia de primera mano te pueda ilustrar más concretamente en el proceso pues, cómo digo, la burocracia y la legalidad internacional no siempre van de la mano en España.
Saludos y suerte con el asunto.