aqui quiero rescatar un tema del otro foro, es un pedazo de ladrillo pero mas que nada mi intención es compartir esta pequeña vivencia ya que igual ayuda a mas gente no pasar por lo mismo. (mi caso una CBR 125 2007)
part1:
ocurre que hoy me presente a la itv, no la pude pasar por 4 kilos en el índice de carga en el neumático. es una de esas cosas que debo admitir que nunca me fije cuando llevaba la moto al cambiarlos, y me dejo desconcertado cuando leo en el papel que la ITV salio desfavorable,
ocurre que segun la documentacion de la cbr, los neumaticos deben tener un indice de carga de 204 kilos y los pirelli angel city que llevo montados (nomenclatura 52 solo aguantan hasta 200 kilos). no me imagine que ese numero me terminaria jodiendo, al final no fue tema del taller si no un posible error en la ficha técnica (honda España(?)) Ya que neumáticos con esas medidas a ese peso (indice de carga) no existen. Y si a eso le añadimos los iluminados de la ITV es un cóctel explosivo. Perdí toda la tarde por este problema pero al menos todo salió bien.
que fue exactamente lo que hice para saberlo?:
voy directo al taller a comentar los sucedido. y claro, cuando lo conté se les quedo una cara de y me comentaron, que es una tomadura de pelo por parte de la itv, ya que en la ficha técnica de la moto (de 2007) ponen las medidas (100/80/17) pero nada de índice de carga ni código de velocidad especifico (dato que si lo traen las fichas de motos actuales) en mi caso solo trae una letra D y T para indicar delantera y trasera. (entre comentarios varios contra las itv, ignorantes, hechar un coche para atrás por llevar la pegatina de bebe a bordo etc, o aplicar las nuevas normativas a ciegas)
pero claro cuando comento que es por el peso del eje trasero que pone en la tarjeta se ponen a mirar que modelos hay que cumplan ese requisito y me dicen que en el mercado solo existen hasta la numeración 52 (200 kg) y letra H (210 kmtrs, aun que las que llevo montadas es la S de 180 kmtrs [vamos lo que pilla cualquier 125 como tengas un pelin de cuesta a bajo]). que en las 125 de esas medidas son las que montan con ese índice de carga y si no fuera asi ninguna de las motos que llevan pasaba la itv. que volviera y hablara directamente con el ingeniero, ya que no podían pretender poner un neumatico que no existe a la venta, además que miraran en las tablas que ellos tienen los indices minimos establecidos y que si se negaban a mirarlo pedir hoja de reclamación, advirtiendome tambien que si daban largas para dar la hoja llamara a la guardia civil etc etc. (por suerte tuve que recurrir a esto ultimo) .
bueno, procedo entonces a ir a la itv, pido hablar con el ingeniero pero me pasan con el inspector en jefe. de momento muy amablemente se pone a mirar todo, comentando en el acto que de premisa que si la tarjeta pone 204, eso va a misa y no tenia nada que hacer. aun así insistí en los puntos que me explicaron en el taller, efectivamente para la moto el índice mínimo homologado es 52 con letra P (150 kmtrs). procede a hacer una copia de mis datos y ficha técnica, al parecer hace unos apuntes y dice entonces que esperara un momento, para marchar a hablar con los otros inspectores , después de un buen rato regresa con una actitud un poco mas hostil que al principio y me dice: mira por esta vez te la dejamos pasar, pero la próxima vez tienes que traer un neumático de índice 53 o superior, aunque tenga otras medidas, que si en 2 años hacia lo mismo no pasaba, que ya me tenían los datos en sistema...... yo en mi interior pensando, sera capullo :roto2bate:. pase del tema y dije entonces que quería ya mismo la segunda revisión, (estaban a punto de cerrar y después de perder toda la tarde me negaba a regresar sin la itv pasada).
luego al pasar la segunda revision noto al otro inspector en el mismo plan un poco por provocar y me dice. oye tío, esto lo hago por que me lo mandaron, que si no ni de coña te la dejo pasar, en ves caer en el juego respondo de forma calmada y busco hablar mas del por que de las cosas, cambio a una actitud mas desenfadada y me dice, posiblemente es un error de la ficha, que otra opción es hablar con honda que haga un informe o rectifiquen la ficha, que ahora tenia 2 años para hacerlo... , me parece buena idea y creo que es lo que voy a hacer, ya no solo por mi, si no también por si llego a vender la moto el próximo dueño no llegue a pasar por lo mismo. y bueno, el caso es que despues de tanto jaleo pude regresar con la itv renovada.
Part2:
procedo a comunicarme con honda españa.....
Respuesta de Honda:
Le informamos que, ya tenemos respuesta sobre su caso del departamento de homologaciones y es la siguiente:
El cliente no debería cambiar el neumático y tampoco pedirnos un informe de los neumáticos. Según la directiva 97/24/CE-Cap. 1 se puede montar un neumático con un índice de carga inferior cuando se den las siguientes circunstancias:
De acuerdo al punto 1.27 del Anexo II de la Directiva 97/24/CE-Cap. 1, la tabla de variación de la capacidad de carga en función de la velocidad que se muestra en el anexo 7 de la mencionada directiva indica las variaciones de carga de un neumático cuando se utiliza a velocidades diferentes de la que corresponde a la indicada por la categoría de velocidad nominal.
Considerando una velocidad máxima de 120km/h, un vehículo equipado con neumáticos con índice de velocidad P, se podría aumentar la capacidad de carga un 6%, siendo pues el límite 212kg.
Dado que la velocidad máxima por construcción declarada para esta motocicleta es de 110km/h, el índice de carga 52 es suficiente para cubrir los 204kg de la MMA del eje 2 (Trasero).
A esta información tienen acceso las estaciones ITV. Si no hubiera otra forma podríamos generar un informe, pero esto conllevaría un desembolso para el cliente.
Esperamos haberle ayudado.
Saludos,
pd: me dolio leer oficialmente la cbr no corre 140 kms hora :enfadau:
part1:
ocurre que hoy me presente a la itv, no la pude pasar por 4 kilos en el índice de carga en el neumático. es una de esas cosas que debo admitir que nunca me fije cuando llevaba la moto al cambiarlos, y me dejo desconcertado cuando leo en el papel que la ITV salio desfavorable,
ocurre que segun la documentacion de la cbr, los neumaticos deben tener un indice de carga de 204 kilos y los pirelli angel city que llevo montados (nomenclatura 52 solo aguantan hasta 200 kilos). no me imagine que ese numero me terminaria jodiendo, al final no fue tema del taller si no un posible error en la ficha técnica (honda España(?)) Ya que neumáticos con esas medidas a ese peso (indice de carga) no existen. Y si a eso le añadimos los iluminados de la ITV es un cóctel explosivo. Perdí toda la tarde por este problema pero al menos todo salió bien.
que fue exactamente lo que hice para saberlo?:
voy directo al taller a comentar los sucedido. y claro, cuando lo conté se les quedo una cara de y me comentaron, que es una tomadura de pelo por parte de la itv, ya que en la ficha técnica de la moto (de 2007) ponen las medidas (100/80/17) pero nada de índice de carga ni código de velocidad especifico (dato que si lo traen las fichas de motos actuales) en mi caso solo trae una letra D y T para indicar delantera y trasera. (entre comentarios varios contra las itv, ignorantes, hechar un coche para atrás por llevar la pegatina de bebe a bordo etc, o aplicar las nuevas normativas a ciegas)
pero claro cuando comento que es por el peso del eje trasero que pone en la tarjeta se ponen a mirar que modelos hay que cumplan ese requisito y me dicen que en el mercado solo existen hasta la numeración 52 (200 kg) y letra H (210 kmtrs, aun que las que llevo montadas es la S de 180 kmtrs [vamos lo que pilla cualquier 125 como tengas un pelin de cuesta a bajo]). que en las 125 de esas medidas son las que montan con ese índice de carga y si no fuera asi ninguna de las motos que llevan pasaba la itv. que volviera y hablara directamente con el ingeniero, ya que no podían pretender poner un neumatico que no existe a la venta, además que miraran en las tablas que ellos tienen los indices minimos establecidos y que si se negaban a mirarlo pedir hoja de reclamación, advirtiendome tambien que si daban largas para dar la hoja llamara a la guardia civil etc etc. (por suerte tuve que recurrir a esto ultimo) .
bueno, procedo entonces a ir a la itv, pido hablar con el ingeniero pero me pasan con el inspector en jefe. de momento muy amablemente se pone a mirar todo, comentando en el acto que de premisa que si la tarjeta pone 204, eso va a misa y no tenia nada que hacer. aun así insistí en los puntos que me explicaron en el taller, efectivamente para la moto el índice mínimo homologado es 52 con letra P (150 kmtrs). procede a hacer una copia de mis datos y ficha técnica, al parecer hace unos apuntes y dice entonces que esperara un momento, para marchar a hablar con los otros inspectores , después de un buen rato regresa con una actitud un poco mas hostil que al principio y me dice: mira por esta vez te la dejamos pasar, pero la próxima vez tienes que traer un neumático de índice 53 o superior, aunque tenga otras medidas, que si en 2 años hacia lo mismo no pasaba, que ya me tenían los datos en sistema...... yo en mi interior pensando, sera capullo :roto2bate:. pase del tema y dije entonces que quería ya mismo la segunda revisión, (estaban a punto de cerrar y después de perder toda la tarde me negaba a regresar sin la itv pasada).
luego al pasar la segunda revision noto al otro inspector en el mismo plan un poco por provocar y me dice. oye tío, esto lo hago por que me lo mandaron, que si no ni de coña te la dejo pasar, en ves caer en el juego respondo de forma calmada y busco hablar mas del por que de las cosas, cambio a una actitud mas desenfadada y me dice, posiblemente es un error de la ficha, que otra opción es hablar con honda que haga un informe o rectifiquen la ficha, que ahora tenia 2 años para hacerlo... , me parece buena idea y creo que es lo que voy a hacer, ya no solo por mi, si no también por si llego a vender la moto el próximo dueño no llegue a pasar por lo mismo. y bueno, el caso es que despues de tanto jaleo pude regresar con la itv renovada.
Part2:
procedo a comunicarme con honda españa.....
Respuesta de Honda:
Le informamos que, ya tenemos respuesta sobre su caso del departamento de homologaciones y es la siguiente:
El cliente no debería cambiar el neumático y tampoco pedirnos un informe de los neumáticos. Según la directiva 97/24/CE-Cap. 1 se puede montar un neumático con un índice de carga inferior cuando se den las siguientes circunstancias:
De acuerdo al punto 1.27 del Anexo II de la Directiva 97/24/CE-Cap. 1, la tabla de variación de la capacidad de carga en función de la velocidad que se muestra en el anexo 7 de la mencionada directiva indica las variaciones de carga de un neumático cuando se utiliza a velocidades diferentes de la que corresponde a la indicada por la categoría de velocidad nominal.
Considerando una velocidad máxima de 120km/h, un vehículo equipado con neumáticos con índice de velocidad P, se podría aumentar la capacidad de carga un 6%, siendo pues el límite 212kg.
Dado que la velocidad máxima por construcción declarada para esta motocicleta es de 110km/h, el índice de carga 52 es suficiente para cubrir los 204kg de la MMA del eje 2 (Trasero).
A esta información tienen acceso las estaciones ITV. Si no hubiera otra forma podríamos generar un informe, pero esto conllevaría un desembolso para el cliente.
Esperamos haberle ayudado.
Saludos,
pd: me dolio leer oficialmente la cbr no corre 140 kms hora :enfadau: