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Muy buenas compañeros, me acabo de sacar el carnet a2 y llevo tiempo mirando la Honda cb 650 R que me encanta , pero la pregunta que os hago sin tener ni mucha idea donde es fiable comprar la moto ? me gustaria con algun km y ahorrarme algo en vez de nueva que te pegan un buen palo, nueva esta por casi unos 9000 y alomejor de segunda mano las veo por 7000, no se si es mas fiable alguna pagina tipo motos.net motosdeocasion o algo asi o tambien me puede salir rana, y que tener en cuenta antes de mirar la moto cosas que no se pasen por ejemplo precio de revisiones, si tiene algun mantenimiento , la ficha tecnica ...ver si ha tenido alguna caida o algo...en que centrarme gracias!
 


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JuanC

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gemgemgemgemgemgem
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Muy buenas compañeros, me acabo de sacar el carnet a2 y llevo tiempo mirando la Honda cb 650 R que me encanta , pero la pregunta que os hago sin tener ni mucha idea donde es fiable comprar la moto ? me gustaria con algun km y ahorrarme algo en vez de nueva que te pegan un buen palo, nueva esta por casi unos 9000 y alomejor de segunda mano las veo por 7000, no se si es mas fiable alguna pagina tipo motos.net motosdeocasion o algo asi o tambien me puede salir rana, y que tener en cuenta antes de mirar la moto cosas que no se pasen por ejemplo precio de revisiones, si tiene algun mantenimiento , la ficha tecnica ...ver si ha tenido alguna caida o algo...en que centrarme gracias!
Nueva motero , siempre nueva .
Es mi opinión, tema de garantía y la estrenas tú a tu gusto .
 

LeDrof

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gemgemgem
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Usada con pocos kms. Te ahorras la gran depreciación de sacarla del concesionario, posibles fallos "tontos" ya detectados en las primeras revisiones. A menudo ya te viene con cúpulas cambiadas, herrajes para baúl y maletas (si te interesa llevarlas), pegatina protectora de depósito... chorradas que te ahorran tiempo y dinero si las tienes que poner tu.

Yo tiraría de mecánico de confianza para revisar las candidatas, si lo tienes, y buscas en segunda mano de particulares. O, en su defecto, casas de compra-venta que tengan una reputación que mantener. Será más caro que comprar a un particular, pero la suelen poner a punto y te dan garantía profesional si falla algo.

Yo he comprado nueva en concesionario, usada a particular con mediación de concesionario, y directamente a particular. Creo que el proceso más satisfactorio en cuanto a conocer la moto antes de comprar, además de conocer a alguien con gustos parecidos, ha sido la compra directa a particular. Claro que es más tiempo topando con vendedores poco serios, cuadrando horarios para las visitas y trámites...

Yo creo que todas las formas son válidas siempre que no se compre con prisas.

El problema de tu caso, es que hablamos de un modelo relativamente nuevo, con lo que el mercado de ocasión es bastante escaso, y no hay todavía muchos datos de fiabilidad a medio-largo plazo. Pero ocasiones siempre apareces, todo es estar atento.

En tu lugar, yo haría una compra racional buscando una buena unidad poco usada (o nueva) de la CBR500R, que el mercado ha dejado cómo de lado, y que sigue siendo una máquina más que probada y de intachable reputación.
 
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salva21

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... Tu ten en cuenta también que una nueva suele venir con ruedas nuevas, seguro y algún regalo, por lo menos en motos de baja cilindrada, míralo que igual no hay tanta diferencia de precio. En la mía me regalaron el seguro y el baúl, además de descuentos en compras posteriores. míralo porque te acabas de sacar el A2 y los seguros serán caros.
 

Cain

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gem
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Lo mismo da si la pillas nueva o de 2ª zarpa, es una p*ta pasada de moto
 

Sergio

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Recuerda que puedes comprar una moto de 7.000 euros por 6.000 si cuando vas a verla te presentas con los 6.000 en el bolsillo.
El vendedor estará cansado de curiosos y de gente que regatea el precio pero son dinero de por medio
 

bigpatrolos

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Lo de ir con la pasta puede ser buena idea, todo depende de lo "desesperado" que esté el de la tienda jejeje, pero eso te puede funcionar mejor con un particular, por un lado puede ser peor por el tema de la garantía y tal pero por otro conoces al dueño y a veces viendo su aspecto y forma de ser te puedes hacer una idea del trato que le ha dado a la moto y eso en un vehículo de ocasión es muy importante.
 

Sergio

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Lo de ir con la pasta puede ser buena idea, todo depende de lo "desesperado" que esté el de la tienda jejeje, pero eso te puede funcionar mejor con un particular, por un lado puede ser peor por el tema de la garantía y tal pero por otro conoces al dueño y a veces viendo su aspecto y forma de ser te puedes hacer una idea del trato que le ha dado a la moto y eso en un vehículo de ocasión es muy importante.

A un profesional no le puedes pagar esa cantidad en efectivo.
 

Montislot

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gem
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A un profesional no le puedes pagar esa cantidad en efectivo.
Correcto, hoy en dia no se puede pagar mas de 1.500€ en metalico ni a particular ni a profesional..... hacienda nos vigila jajajajajajaja.
La CB650R es una moto fantastica!! una tetracilindrica con un motor bastante plano, NO es un motor R.
Comprar de segunda mano a particular tiene su riesgo, si conoces a la persona vale, sino siempre te la pueden intentar colar, pero con una CB650R tienes menos riesgo.
Yo la compraría NUEVA, ten en cuenta el coste de un kit de transmisión (plato, piñon, cadena) y el de los neumaticos...........Si es de segunda mano, tienes muchas posibilidades de que debes añadir el coste de esos consumibles, mira que precio tienen......ese precio debes sumarlo al precio de la moto de segunda mano.
 

sergiosvs1

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Correcto, hoy en dia no se puede pagar mas de 1.500€ en metalico ni a particular ni a profesional..... hacienda nos vigila jajajajajajaja.
La CB650R es una moto fantastica!! una tetracilindrica con un motor bastante plano, NO es un motor R.
Comprar de segunda mano a particular tiene su riesgo, si conoces a la persona vale, sino siempre te la pueden intentar colar, pero con una CB650R tienes menos riesgo.
Yo la compraría NUEVA, ten en cuenta el coste de un kit de transmisión (plato, piñon, cadena) y el de los neumaticos...........Si es de segunda mano, tienes muchas posibilidades de que debes añadir el coste de esos consumibles, mira que precio tienen......ese precio debes sumarlo al precio de la moto de segunda mano.
Totalmente de acuerdo con él.....
 

bigpatrolos

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Pues mi anterior moto la vendí por mi cuenta y me dieron los 4.400 euros en un sobre y al día siguiente nos fuimos a la campana para hacer el cambio de nombre y listo jajaja, me parece que vivís un poco acojonados por las leyes me parece a mi, ah! y mi actual moto que la compré en un concesionario la pagué "casi" al contado, hice un ingreso de 1000 euros cada 15 días más o menos y antes de poder conducirla (estaba de baja) ya la tuve pagada.
 

Zmac

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yo la compraria nueva.
viendo lo que piden de segunda mano no merece la pena.
Esa "depreciacion por sacarla del concesionario" parece que no la sufren los demas porque yo veo motos con 3 o 4 años que le bajan 500€ al precio de nueva.
Suelen ser esos que no quieren regatear y ponen lo de "No mareantes". y ahi pasan meses y meses con su moto sin vender.
 

Sergio

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Correcto, hoy en dia no se puede pagar mas de 1.500€ en metalico ni a particular ni a profesional..... hacienda nos vigila jajajajajajaja.
La CB650R es una moto fantastica!! una tetracilindrica con un motor bastante plano, NO es un motor R.
Comprar de segunda mano a particular tiene su riesgo, si conoces a la persona vale, sino siempre te la pueden intentar colar, pero con una CB650R tienes menos riesgo.
Yo la compraría NUEVA, ten en cuenta el coste de un kit de transmisión (plato, piñon, cadena) y el de los neumaticos...........Si es de segunda mano, tienes muchas posibilidades de que debes añadir el coste de esos consumibles, mira que precio tienen......ese precio debes sumarlo al precio de la moto de segunda mano.
Entre particulares no hay límite.
 

sergiosvs1

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Entre particulares no autónomos ó que no actúe como empresa eran 10.000
 

Sergio

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Artículo 7. Limitaciones a los pagos en efectivo.​

Uno. Ámbito de aplicación.

1. 1. No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.

No obstante, el citado importe será de 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.

2. A efectos del cálculo de las cuantías señaladas en el apartado anterior, se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.

3. Se entenderá por efectivo los medios de pago definidos en el artículo 34.2 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

4. A efectos de lo dispuesto en esta Ley, y respecto de las operaciones que no puedan pagarse en efectivo, los intervinientes en las operaciones deberán conservar los justificantes del pago, durante el plazo de cinco años desde la fecha del mismo, para acreditar que se efectuó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo. Asimismo, están obligados a aportar estos justificantes a requerimiento de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

5. Esta limitación no resultará aplicable a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni, cuando estén sujetos a la supervisión del Banco de España y a la normativa de blanqueo de capitales, a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda a los que se refiere el Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, sobre el cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las entidades de crédito y a las operaciones a que se refiere éste artículo realizadas a través de las entidades de pago reguladas en la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago.
 

Cain

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Artículo 7. Limitaciones a los pagos en efectivo.​

Uno. Ámbito de aplicación.

1. 1. No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.

No obstante, el citado importe será de 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.

2. A efectos del cálculo de las cuantías señaladas en el apartado anterior, se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.

3. Se entenderá por efectivo los medios de pago definidos en el artículo 34.2 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

4. A efectos de lo dispuesto en esta Ley, y respecto de las operaciones que no puedan pagarse en efectivo, los intervinientes en las operaciones deberán conservar los justificantes del pago, durante el plazo de cinco años desde la fecha del mismo, para acreditar que se efectuó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo. Asimismo, están obligados a aportar estos justificantes a requerimiento de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

5. Esta limitación no resultará aplicable a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni, cuando estén sujetos a la supervisión del Banco de España y a la normativa de blanqueo de capitales, a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda a los que se refiere el Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, sobre el cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las entidades de crédito y a las operaciones a que se refiere éste artículo realizadas a través de las entidades de pago reguladas en la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago.


Neno la ley cambio en 2021 (ley contra el fraude fiscal) desde entonces entre particulares y profesionales no se puede pagar más de 1000€ en efectivo
 

Sergio

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Neno la ley cambio en 2021 (ley contra el fraude fiscal) desde entonces entre particulares y profesionales no se puede pagar más de 1000€ en efectivo
Esa era la última actualización.
Si hay otra cosa mandamela y la miro, pero creo que no. De hecho mi hermano que vive en España sigue comprando y vendiendo coches y siempre en efectivo.

Tener dinero en efectivo no es ilegal, de hecho es algo muy recomendable, el tener una parte al menos.
 

Cain

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Esa era la última actualización.
Si hay otra cosa mandamela y la miro, pero creo que no. De hecho mi hermano que vive en España sigue comprando y vendiendo coches y siempre en efectivo.

Tener dinero en efectivo no es ilegal, de hecho es algo muy recomendable, el tener una parte al menos.

El BOE es público, puedes mirarlo y comprobar que 1000€ en efectivo
Por cierto nadie dice que sea ilegal tener efectivo solo eso, no se pueden hacer transacciones de más de 1000€ entre particulares y/o profesionales
tu hermano hace esa transacciones y tal?? es algo que ni nos va ni nos viene, la ley está ahí a partir de ahí sed felices:sisi:
 

Sergio

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El BOE es público, puedes mirarlo y comprobar que 1000€ en efectivo
Por cierto nadie dice que sea ilegal tener efectivo solo eso, no se pueden hacer transacciones de más de 1000€ entre particulares y/o profesionales
tu hermano hace esa transacciones y tal?? es algo que ni nos va ni nos viene, la ley está ahí a partir de ahí sed felices:sisi:
Pues parece que es cierto.
Tendrá que vender el coche por partes y el que lo compre volverlo a montar.
 
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Gracias a todos por contestar!! he visto alguna entre 6500 y 7800 dependiendo de km,..etc a simpla vista bien cuidadas pero luego vete a saber.. y nueva estaría en 8900 o algo asi creo nose si con matricula, luego limitarla otros 200 300 se sube casi a 9y pico 10, no se estoy dudando jaja, que una moto nueva tiene que ser la gozada esta claro y mi idea es quedarme ya con ella no usarla de paso, pero 10k me parece una pasta para la moto que es no lo se...me flipa y tengo una idea para dejarla en un futuro si eso la deslimito y fuera, aunque tampoco voy pensando eso tambien que nueva creo que tienes que esperar unos 5 6 meses por lo que tengo entendido hasta que llegue ...
 

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